Donación Solidaria
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Donación Solidaria

5,00 €

Entrega en 24-72 h laborables

Donación solidaria a la Fundación Síndrome de Dravet, con el importe que elijas. Se destina íntegramente a los proyectos de investigación sobre el síndrome de Dravet y desgrava en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades conforme a la Ley 49/2002.

Importe donación: 5 €
Cantidad

Donación solidaria a la investigación del síndrome de Dravet

Puedes aportar el importe que quieras, sin recibir ningún producto a cambio: el dinero va completo a los proyectos de investigación que impulsa la Fundación Síndrome de Dravet. Es la vía más directa de las que hay en esta tienda, porque no hay coste de producto, de envío ni de fabricación.

Qué hacemos con tu donación

Por cada 1.000 euros recaudados:

  • Diagnosticamos a 6 niños que aún no saben el nombre de su enfermedad.
  • Equipos de investigadores prueban en laboratorio 25 nuevos fármacos para el síndrome de Dravet.
  • Evitamos que 3 niños mal diagnosticados acaben con medicamentos contraindicados en una UCI pediátrica, con alto riesgo de muerte.
  • Hacemos posible que cualquier investigador del mundo trabaje con modelos animales de síndrome de Dravet para buscar una cura.
  • Nos sentamos con 4 empresas para acelerar el desarrollo de posibles fármacos efectivos.
  • Equipamos el centro EIC-BBK de Ermua con tecnología centrada en el paciente, y permitimos que desarrollen detectores de convulsiones y aplicaciones de telemedicina.

Beneficios fiscales

La Fundación Síndrome de Dravet está acogida al régimen fiscal de la Ley 49/2002, de entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo. Con la normativa vigente:

  • Personas físicas (IRPF): deducción del 80 % de los primeros 250 € donados en el año y del 40 % del importe que exceda de esa cantidad.
  • Donaciones recurrentes (IRPF): el porcentaje sobre el exceso de 250 € sube al 45 % si has donado a la Fundación un importe igual o superior en los dos ejercicios anteriores.
  • Empresas (Impuesto sobre Sociedades): deducción del 40 %, que sube al 50 % en donaciones recurrentes en los mismos términos.

Las deducciones están sujetas a los límites generales que fija la propia Ley 49/2002 sobre la base de la declaración. Esta información es orientativa y no sustituye al asesoramiento fiscal.

Otras formas de colaborar

Si organizas un evento y quieres que la recaudación vaya a la investigación, tienes la Fila 0 para evento solidario. Si prefieres que tu aportación deje además un recuerdo, en regalos solidarios y en detalles para eventos el 100 % de los beneficios tiene el mismo destino.

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir el importe? Sí. Indica la cantidad que quieras donar; no hay un mínimo simbólico ni un máximo.

¿Recibiré un certificado para la declaración de la renta? Sí: la Fundación emite el certificado de donativos correspondiente al ejercicio. Si no lo recibes o necesitas corregir algún dato fiscal, escríbenos.

¿Qué datos necesitáis? El nombre y apellidos o razón social y el NIF/CIF de quien dona, para poder emitir el certificado y comunicar el donativo a la Agencia Tributaria.

¿Se descuenta algo en comisiones o gastos? La donación se destina a los proyectos de investigación de la Fundación; no financia producto ni envíos.

¿Puede donar una empresa? Sí, con factura o certificado a nombre de la sociedad y deducción en el Impuesto sobre Sociedades. Si además buscáis regalo corporativo, mirad empresas y congresos.

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